LA MINERIA - engaño social y devastación ecológica

RECORDANDO A UNA GUERRERA - BETY CARIÑO

BAJA CALIFORNIA SUR EN PELIGRO

miércoles, 16 de noviembre de 2011

URGENTE, DESPOJO A LOS EJIDATARIOS DE CERRO DE SAN PEDRO

AYUDANOS A DIFUNDIR LO SIGUIENTE:

Nuevamente los verdaderos ejidatarios de Cerro de San Pedro echan abajo una sentencia en la que se intenta reconocer a un grupo de sujetos pagados por la Minera San Xavier-New Gold como miembros del ejido, dicha sentencia obtenida por los Ejidtarios miembros del Frente Amplio Opositor, establece la titularidad de las Tierra ejidales en contra de los sujetos al servicio de la empresa canadiense, cabe señalar que la resolución fue notificada el dìa de hoy por medio de lista, sin embargo y pese a esto, dichos sujetos en forma violenta apoyados por el Sindico Municipal se apoderaron de las instalaciones del Núcleo Agrario contraviniendo el fallo obtenido.



Como siempre y no obstante de la denuncia hecha a las autoridades Estatales y Federales, fueron omisos en actuar. Solictamos el apoyo de la Sociedad para hacer cumplir este fallo y no ser desposeidos por la empresa y sus esbirros.

Difunde en tus redes esta denuncia...

AMPARO 620/2009 JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO. publicado el 11-11-11 en:

http://www.cjf.gob.mx/

Agréguese para que obre como corresponda el oficio a que se refiere la razón de cuenta, mediante el cual remite los presentes autos, consistentes en dos tomos de mil seiscientas cuarenta y seis fojas, siete anexos correspondientes a las constancias remitidas por las autoridades responsables, disquete, y anexa testimonio de la resolución dictada dentro del toca 343/2011, relativo al recurso de revisión interpuesto por Manuela Gómez Tristán. Guárdese por separado los cuadernos formados con motivo del recurso de revisión para subsecuentes medios de impugnación, que en su caso se hagan valer, acúsese el recibo de estilo correspondiente y háganse las anotaciones necesarias en el libro de gobierno respectivo. La resolución referida dice: PRIMERO.- SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. SEGUNDO.- SE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO en el juicio de amparo 620/2009-6, promovido por el Ejido Cerro de San Pedro, del Municipio de Cerro de San Pedro del Estado de San Luis Potosí, por conducto de su representante sustituta Manuela Gómez Tristán. En cumplimiento a la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado, se deja sin efecto la sentencia pronunciada por este Juzgado el catorce de abril de este año, y se señalan las diez horas del cinco de diciembre de dos mil once, para la celebración de la audiencia constitucional en este expediente...


-- Proyecto Cerro / FAO Frente Amplio Opositor / FDW Frente en Defensa de Wirikuta Tamatsima Wahaa    @FAOantimsx     Facebook - FAO      Youtube - FAO    tumblr - FAO    + info: FAOantimsx Blog              Web - FAO         FAO Montreal FDWirikuta Tamatsima Wahaa          Salvemos Wirikuta TW Blog @FDWirikuta               Facebook - Salvemos Wirikuta              Playeras con Causa Asamblea Nacional de Afectados Ambientales        Red Mexicana de Afectados por la Minería - REMA              Otrosmundos Chiapas                Colectivo Oaxaqueño en Defensa de los Territorios   LAVIDA 
URGENTE

Nuevamente los verdaderos ejidatarios de Cerro de San Pedro echan abajo una sentencia en la que se intenta reconocer a un grupo de sujetos pagados por la Minera San Xavier-New Gold como miembros del ejido, dicha sentencia obtenida por los Ejidtarios miembros del Frente Amplio Opositor, establece la titularidad de las Tierra ejidales en contra de los sujetos al servicio de la empresa canadiense, cabe señalar que la resolución fue notificada el dìa de hoy por medio de lista, sin embargo y pese a esto, dichos sujetos en forma violenta apoyados por el Sindico Municipal se apoderaron de las instalaciones del Núcleo Agrario contraviniendo el fallo obtenido.

Como siempre y no obstante de la denuncia hecha a las autoridades Estatales y Federales, fueron omisos en actuar. Solictamos el apoyo de la Sociedad para hacer cumplir este fallo y no ser desposeidos por la empresa y sus esbirros.

Difunde en tus redes esta denucia...

AMPARO 620/2009 JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO.

Agréguese para que obre como corresponda el oficio a que se refiere la razón de cuenta, mediante el cual remite los presentes autos, consistentes en dos tomos de mil seiscientas cuarenta y seis fojas, siete anexos correspondientes a las constancias remitidas por las autoridades responsables, disquete, y anexa testimonio de la resolución dictada dentro del toca 343/2011, relativo al recurso de revisión interpuesto por Manuela Gómez Tristán. Guárdese por separado los cuadernos formados con motivo del recurso de revisión para subsecuentes medios de impugnación, que en su caso se hagan valer, acúsese el recibo de estilo correspondiente y háganse las anotaciones necesarias en el libro de gobierno respectivo. La resolución referida dice: PRIMERO.- SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. SEGUNDO.- SE ORDENA REPONER EL PROCEDIMIENTO en el juicio de amparo 620/2009-6, promovido por el Ejido Cerro de San Pedro, del Municipio de Cerro de San Pedro del Estado de San Luis Potosí, por conducto de su representante sustituta Manuela Gómez Tristán. En cumplimiento a la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado, se deja sin efecto la sentencia pronunciada por este Juzgado el catorce de abril de este año, y se señalan las diez horas del cinco de diciembre de dos mil once, para la celebración de la audiencia constitucional en este expediente...

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!